Home

Empresas

Artículo

La multa impuesta por la Superintendencia de Industria y Comercio asciende a $492.800.000. | Foto: Corbis

EMPRESAS

Multan a compañía que decía vender cursos de inglés

La Superindustria sancionó a Interamerica Language por ofrecer como cursos de inglés lo que en realidad era material didáctico de auto-aprendizaje.

16 de octubre de 2014

La multa impuesta por la Superintendencia de Industria y Comercio asciende a $492.800.000 y se adopta para proteger a los consumidores colombianos de engaños derivados de publicidad o información falsa, incompleta o inoportuna sobre productos que se comercializan en el mercado.

De acuerdo con la Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) por infringir los artículos 23, 29, 30 y 47 de la Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor) al suministrar información y publicidad engañosa a los consumidores en el ofrecimiento de un supuesto programa (curso) para aprender inglés.

Tras recibir unas denuncias de la Dirección Local de Educación y de la Secretaría de Educación Distrital de Bogotá, acerca de los programas de aprendizaje ofrecidos por Interamerican Languages, la SIC procedió a realizar una visita administrativa de inspección a dicha sociedad, en donde se recaudó material relativo al ofrecimiento del supuesto programa de aprendizaje, las piezas publicitarias y los modelos de contratos celebrados con los consumidores.

Durante la investigación, se evidenció que la empresa ofrecía a los consumidores un programa interactivo presencial de full inmersión para aprender inglés, 100% personalizado, con horarios flexibles, impartido por profesores nativos especializados, que garantizaba a los consumidores aprender inglés en 8 meses, dominarlo en 10 meses y perfeccionarlo en 12 meses.

Sin embargo, analizadas todas las pruebas recaudadas, la Superindustria pudo determinar que, aun cuando la firma ofrecía lo que pareciera ser un tradicional curso de inglés, lo que realmente estaban adquiriendo los consumidores era un material pedagógico (libros, discos compactos, etc.) para que ellos mismos (los consumidores) aprendieran inglés de forma autodidacta, cuyo avance dependería de su nivel de compromiso y disciplina, pudiendo contar con algunas asesorías accesorias.

De otra parte, se encontró que no existía soporte alguno para respaldar los términos de 8, 10 y 12 meses para aprender, dominar y perfeccionar el idioma, respectivamente, bajo la modalidad anunciada y mucho menos, bajo la modalidad que efectivamente se contrataba.

Adicionalmente, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) encontró, durante el transcurso de la investigación, que la planta de profesores destinada para impartir estas asesorías accesorias, no sólo está compuesta por profesores nativos y residentes, como se anunciaba, sino que también está integrada por profesores colombianos que, si bien tienen conocimiento del inglés, no son especializados como se afirma en la publicidad.

Por otra parte, la Superindustria encontró que a los consumidores que se les financiaba la compra de dicho material de aprendizaje (libros, cds, etc.) no se les permitía retractarse de su decisión y por lo tanto no podían proceder a la devolución de los elementos entregados, impidiendo de esta forma el ejercicio del Derecho de Retracto, que tienen todos los consumidores que adquieren sus productos a través de sistemas de financiación dados directamente por el proveedor.