Home

Empresas

Artículo

| Foto: Getty

SINDICATOS

Así quedó el laudo arbitral entre Avianca y ACDAC

El Tribunal de Arbitramento convocado por el Ministerio de Trabajo para resolver las diferencias entre Avianca y su sindicato de pilotos reconoció varios de los derechos solicitados por los pilotos pero les negó 51 de las 81 peticiones que hacían.

12 de diciembre de 2017

El presidente del tribunal de arbitramento del conflicto entre Avianca y el sindicato de pilotos, Jaime Pinzón, explicó que en realidad, los tres integrantes del tribunal tomaron como base los preacuerdos que ya habían alcanzado las partes y realmente solo tuvieron que definir el incremento salarial que recibirán pilotos y copilotos entre 2017 y 2019.

En ese punto, Pinzón explicó que para el 2017 se tomó como base lo que se había acordado previamente entre Avianca y sus pilotos, que les representó un incremento de 11% a pilotos y 9% a copilotos, y lo incrementaron en un punto porcentual para los primeros y en dos puntos para los segundos.

Así las cosas, los pilotos tendrían que haber recibido este año un incremento de 12,75% mientras que los copilotos debieron recibir un 11,75%. Pinzón destacó que, de quedar en firme el laudo arbitral, este punto será retrospectivo desde el primero de abril y Avianca tendrá que pagar a cada uno de sus pilotos y copilotos el acumulado de la diferencia entre el aumento que recibieron y el que acordó el tribunal.

Recomendado: Por fin se define el conflicto colectivo entre Avianca y Acdac

Para el 2018, el tribunal acogió la propuesta que Avianca le había presentado al sindicato y señaló que tendrán que incrementar los salarios en un porcentaje equivalente a la inflación causada más 1,50 puntos porcentuales. Para el 2019, la propuesta indica que el incremento sería del IPC sumado a 1,75 puntos porcentuales.

Para los demás beneficios económicos que reciben los pilotos y copilotos, el tribunal señaló que deben regir cada año los mismos incrementos determinados para los salarios.

El abogado destacó también que para el 2017 los copilotos recibieron para el 2017 un incremento salarial superior al de los pilotos, con la idea de cerrar la brecha que existe dentro de un mismo equipo de cabina ya que se encontró que en algunos casos el salario de los pilotos es tres veces el de su copiloto.

De las 81 propuestas que Acdac había incluido en su polémico pliego de peticiones, el mismo sindicato terminó por retirar algunas y finalmente se aprobó un total de 30 cláusulas en el tribunal de arbitramento.

Entre las peticiones que el mismo Acdac ya había retirado están siete peticiones como los beneficios económicos que tenían sobre los pilotos extranjeros y el pago del impuesto de retención en la fuente para cada piloto.

Entre las propuestas que el sindicato no había retirado y que el tribunal de arbitramento negó en su laudo está aquella de viajes ilimitados y con preferencia en asignación de tiquetes en primera clase para los pilotos y sus familias.

Según Pinzón, la medida afectaba directamente las ventas de Avianca ya que al tratarse de 1.358 pilotos más sus familias, la aerolínea no habría tenido capacidad para vender comercialmente los tiquetes en primera clase.

Otro punto negado por el tribunal fue la coadministración del sindicato en algunos aspectos de la aerolínea como el manual de operaciones y funciones.

Por el contrario, el tribunal aprobó la petición que había presentado el sindicato, y que contaba con una propuesta de la aerolínea, para entregar a cada piloto un subsidio de $1 millón que debía destinarse a la compra de una tableta y el pago de un plan de telefonía móvil y datos que les permitirá a los pilotos ser notificados de las programaciones y reprogramaciones de vuelos.

Puede interesarle: Huelga de pilotos de Avianca es ilegal: Tribunal Superior de Bogotá

Finalmente y para garantizar que no se llevaran a cabo despidos masivos en Avianca, el tribunal acogió una cláusula que se había incluido en otras convenciones colectivas de la misma aerolínea y que garantiza que a cada piloto o copiloto se le respete el debido proceso.

Las condiciones del laudo

A partir del pasado lunes 11 de diciembre, tanto el sindicato Acdac como la aerolínea tienen un plazo máximo de tres días para interponer un recurso contra el mismo, que en este caso sería la solicitud de su anulación ante la Corte Suprema de Justicia.

Una vez cumplido este plazo, la Corte Suprema de Justicia tendrá un plazo de tres meses para resolver las peticiones de anulación si se presentan, confirmar la decisión del tribunal o decidir la anulación de algunos de sus cláusulas.

Pinzón destacó además que ya que el árbitro que debía designar el sindicato en realidad tuvo que nombrarlo el Ministerio de Trabajo, el tribunal tomó como participación de Acdac los preacuerdos que ya había alcanzado con la aerolínea.

Lea también: Avianca formalizará laboralmente a más de 3.000 trabajadores en Colombia