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Ecopetrol se salva de pagar US$500 millones de indemnización a Meta Petroleum. | Foto: Archivo Semana

Judicial

Ecopetrol no pagará millonaria indemnización

El Consejo de Estado negó la nulidad de un laudo arbitral promovido por la sociedad Meta Petroleum Corporation, filial de Pacific, en contra de la petrolera, que debía pagar US$500 millones.

19 de febrero de 2014

En diciembre de 2003 Ecopetrol firmó un contrató de asociación con Meta Petroleum para la exploración y explotación de hidrocarburos en el sector denominado “Quifa”, ubicado en Puerto Gaitán, Meta.

La Sociedad pretendía que la participación adicional en producción para Ecopetrol por precios altos del crudo en el mercado se calculara sobre la producción total que correspondía a Meta Petroleum, a lo cual se opuso Ecopetrol.

La confrontación se llevó a un Tribunal de Arbitramento que, en marzo de 2013, señaló que del análisis del contrato firmado por las partes se infiere que la participación de Ecopetrol debía calcularse sobre la producción total porque no se encuentra un acuerdo entre las partes que diga lo contrario. Este fallo fue demandado ante el Consejo de Estado por Meta Petroleum.

La Sección Tercera, con ponencia del magistrado Enrique Gil Botero, señaló que el Tribunal de Arbitramento no sólo debía estudiar si la manera de liquidar la participación era sobre la producción que le corresponde a Ecopetrol sino, en general, sobre qué producción debía hacerse, y no solo limitarse a lo que proponía la Sociedad que resultó vencida en el proceso.

“La lectura limitada que propone Meta Petroleum Corporation pretende que los árbitros solo analicen la pretensión tal como la formuló, y que no estudie el tema general que ella involucra, postura que conduce a concluir que si a la parte no se le concede estrictamente lo solicitado, el juez no puede analizar la otra cara de la moneda porque se pronunciaría por fuera de lo pedido, perspectiva que desnaturaliza la lógica del derecho y sobre todo del proceso judicial”, indica la sentencia.

La Sala explica que el Tribunal, al encontrar que lo alegado por la Sociedad no era así, podía decir sobre qué base se debía calcular la ganancia por precios altos del petróleo, pues eso le permitía argumentar mejor el por qué no tenía razón el demandante. De ahí que se concluyera que era sobre la “producción total del campo o pozo”.

La indemnización solicitada por la Sociedad Meta Petroleum era de US$500 millones.