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El golazo que le querían meter al Club Barcelona en internet

Los abogados del club de fútbol español demandaron a la firma Movie Name Company por haber plagiado su marca en internet.

6 de septiembre de 2017

El Club Barcelona, representado por la firma Herrero & Asociados, demandó a la también española Movie Name Company S.L por haber registrado los nombres de dominio ‘barça.es’ y ‘barsa.es’.

Esta demanda se presentó ante el Centro de Arbitraje y Mediación de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) el pasado 23 de junio de 2017.

Los antecedentes del caso exponen que Barcelona es un reconocido club de fútbol español fundado en 1899, que además cuenta con participación en otras competencias deportivas.

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Entre ellas, destacan equipos de baloncesto, balonmano, hockey y fútbol sala, así como diversas selecciones en deportes amateurs.

Por su palmarés de títulos, volumen de socios y número de aficionados, se considera el segundo club de fútbol de España y de Europa en términos de popularidad.

La OMPI destaca que el club es comúnmente conocido con la denominación “barsa” y en el idioma catalán como “barça” (con igual pronunciación), que ha registrado como marca tanto a nivel nacional, como europeo e internacional.

La firma demandante es titular, entre otros, de los nombres de dominio ‘barça.team’,  registrado el 28 de septiembre de 2015; ‘barça.cat,’ registrado el 14 de febrero de 2006 y ‘barça.football’, registrado el 26 de mayo de 2015.

De otro lado, el documento especifica que el nombre de dominio en disputa <barça.es> fue registrado el 19 de noviembre de 2007 y se encuentra en desuso, remitiendo al sitio web del agente registrador.

 Por su parte, el nombre de dominio en disputa ‘barsa.es’ fue registrado el 25 de noviembre de 2005 y alberga una página web en donde se ofrece la venta de este nombre de dominio y se muestran diversos enlaces a portales de terceros.

Básicamente, Barcelona alegó que su entidad y sus marcas gozan de renombre o notoriedad a nivel mundial, como demuestra su elevado número de socios, fans y seguidores en redes sociales, su palmarés de títulos oficiales, la importancia de sus patrocinadores, así como diversas publicaciones y su pertenencia al Foro de Marcas Renombradas Españolas.

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Del mismo modo, dejó claro que la firma demandada carece de derechos o intereses legítimos sobre los nombres de dominio en disputa. Además, el Barcelona sostiene que no tiene ni ha tenido relación alguna con la demandada.

Tampoco consta que la demandada esté desarrollando alguna actividad legítima que justifique el registro y uso de los nombres de dominio en disputa”, añade el informe de la OMPI.

Frente a este caso, la compañía, que registró los dominios web ante la firma Entorno Digital, prefirió guardar silencio y no emitió ningún comunicado oficial para aclarar la situación en los tribunales internacionales.

Para llegar a determinar la mala fe en este tipo de casos, los demandantes tienen que demostrar que el nombre de dominio sea idéntico o similar hasta el punto de crear confusión.

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También, deben establecer ante los jurados que el demandado carece de derechos o intereses legítimos sobre el nombre de dominio.

La OMPI consideró improbable que la demandada no conociera la notoriedad y fuerte presencia en internet del club de fútbol, por lo que consideró que el registro del dominio web habría sido con mala intención.

“La demandada tuvo la intención de perturbar la legítima actividad de la demandante, o, al menos, de hecho así ha ocurrido, ya que el registro y posesión de los nombres de dominio en disputa claramente crea confusión por asociación con las marcas”, añadió el informe.

En razón de las causas expuestas, y en conformidad del artículo 21 del reglamento de propiedad intelectual, el tribunal ordenó que los nombres de dominio en disputa ‘barça.es’ y ‘barsa.es’, fueran transferidos al club de fútbol.

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