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Victoria Eugenia Virviescas analiza el comercio electrónico (e-comerce). | Foto: Victoria Eugenia Virviescas

ANÁLISIS

Un notorio error en el precio de un producto online. El caso de Dell en México.

Si un precio es notoriamente bajo, tanto así que se considere irrisorio por ser diametralmente opuesto a su valor real de mercado, el mismo no debería generar obligaciones.

21 de febrero de 2017

En tal sentido, cuando vemos una oferta de venta de una casa en Bogotá D.C. por un millón de pesos, todos advertiremos que debe haber un error en la información suministrada por el vendedor y, con seguridad, la compraventa jamás ocurriría. 
Ahora bien, en el mundo del ciberespacio todos asumimos que los precios ofertados son obligatorios para el comerciante. En efecto, uno de los principios fundamentales del comercio electrónico (e-commerce) consiste en la firmeza del precio que es ofertado por el comerciante. Sin embargo, este principio debe tener matices y, para ilustrar este punto, me permito comentar un caso paradigmático ocurrido en México.  
De acuerdo con las noticias publicadas por la Agencia EFE México (17-11-2016) y por BBC Mundo (18-11-2016), la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) de México consideró que Dell debía honrar la oferta publicada en su página web, según la cual sus computadores Alienware, de precio comercial aproximado de 2000 dólares, valían solamente 33 dólares y debían ser enajenados por ese precio.
 
Dicha decisión, fue soportada en un entendimiento extremo de la obligación del vendedor profesional de honrar el precio ofertado y, de esta manera, garantizar los derechos del consumidor, obligación legal que debemos mencionar también existe en Colombia.
 
Empero, esta posición podría llevar a situaciones claramente abusivas e incluso ilícitas. Por ejemplo, si una persona advirtiendo del error, compró 100 computadores y luego los pone a la venta por un precio de 1500 dólares, tendría un enriquecimiento de 146.700 dólares, utilidad que claramente está generada por una acción de mala fe y que no puede reputarse como acto propio de un consumidor razonable.
 
Al respecto, si bien reconocemos el compromiso y el deber de las empresas del e-commerce por  brindar información idónea, transparente, oportuna y verificable respecto de los productos ofertados, pero ello no quiere decir que los consumidores no tengan también obligaciones respecto de las compras que están realizando online, siendo la principal de éstas actuar de buena fe, principio de rango constitucional, que aplicado en el caso concreto planteado conllevaría el deber de verificar si el precio era razonable y, por supuesto, no aprovecharse de la equivocación ajena, lucrándose de ésta.
En todo caso, cada situación debe ser juzgada de acuerdo con sus elementos particulares, pero con base en este precedente, nos permitimos realizar una amable exhortación en dos vías: 
La primera dirigida a los profesionales del comercio electrónico, quienes deben ser extremadamente diligentes y cuidadosos para evitar este tipo de eventos, pues los mismos deterioran su bien más valioso: Su prestigio y reputación comercial. La segunda, dirigida a los consumidores de productos online, según la cual deben obrar de buena fe y abstenerse de aprovecharse del error ajeno. Más aún, se debe tener en cuenta que situaciones como la descrita, en nuestro ejemplo extremo, en caso de que le ocurra  a una pequeña empresa online, puede incluso implicar que la misma quede en una situación que amenace su continuidad.  
En este orden, el comportamiento de todos los que de alguna manera hacemos parte del e-commerce, con nuestras ofertas, ventas y compras online, debe ser desarrollado con base en los principios de la buena fe, de la razonabilidad y del debido cuidado. 
Recordando siempre que nadie es capaz de resistirse a adquirir un producto online con un buen precio, en la comodidad de su hogar o trabajo, a través de su ordenador o dispositivo móvil y que obrar con base en los principios mencionados, conllevará un e-commerce más desarrollado, profundo y equitativo.
Por Victoria Eugenia Virviescas.
Directora Ejecutiva de la CCCE.