| Foto: Pensionados / Archivo

PENSIONES

Los multifondos de pensiones tendrán ahora dos nuevos portafolios

El Ministerio de Hacienda creará el portafolio de mantenimiento y balanceado en el Fondo Especial de Retiro Programado de los fondos de pensiones.

30 de mayo de 2017

Las administradoras de fondos de pensiones del Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (Rais) están obligadas a ofrecer tres tipos de fondo a sus afiliados: conservador, moderado y de mayor riesgo, así como un cuarto segmento llamado  Fondo Especial de Retiro Programado y que está diseñado para los afiliados pensionados y los beneficiarios de pensiones de sobrevivencia.

Ahora, la Unidad de Regulación Financiera (URF) tiene en etapa de comentarios el proyecto de decreto que se convertiría en la primera modificación a los fondos de pensiones del Rais anunciados para este año.

El Fondo Especial de Retiro Programado tendría que dividirse en dos portafolios: el balanceado y el de mantenimiento. Además, quienes están dentro de dicho fondo se dividirán según su edad de acuerdo con la tabla propuesta por la URF y quienes tengan una edad inferior a la establecida, serán asignados al portafolio balanceado.

Recomendado: Estos son los cambios regulatorios que se vienen para los fondos de pensiones

Foto: Ministerio de Hacienda

Por el contrario, quienes estén por encima de la edad establecida también estarán en el portafolio balanceado pero el 5% de sus recursos será trasladado progresivamente al portafolio de mantenimiento. De este modo, 20 años después de que empiece a regir el nuevo decreto, la totalidad de esos recursos estarán en el portafolio de mantenimiento de cada administradora de pensiones.

Y para quienes se pensionen con una edad superior a la establecida en la misma tabla, la administradora tendrá que distribuir sus recursos entre ambos portafolios según su edad, género y otras condiciones, de modo que cada año también se pueda trasladar el 5% de sus recursos al portafolio de mantenimiento para que en este quede el total de los recursos al cabo de 20 años contados desde la entrada en vigencia de las nuevas normas.

Puede interesarle: Fasecolda advierte “catástrofe social” si se mantiene el régimen pensional

De acuerdo con el proyecto de decreto, la Superintendencia Financiera tendrá que determinar cada cierto tiempo la rentabilidad mínima de los portafolios balanceado y de mantenimiento del Fondo Especial de Retiro Programado, tal como lo hace con cada segmento de los multifondos. En el caso del portafolio balanceado, la entidad tendrá que tener en cuenta “un porcentaje de activos valorados a costo amortizado, el cual no podrá ser superior al 30% del valor de dicho portafolio”.

El cumplimiento de dicha rentabilidad mínima sería supervisada cada mes por la Superintendencia Financiera, entidad que además tendría que publicar a más tardar el quinto día hábil siguiente a la fecha de verificación, la rentabilidad mínima obligatoria para cada uno de los tipos de fondos de pensiones obligatorias.

Además y para evitar mayores traumatismos en el Rais, el proyecto de decreto plantea que la división de recursos del fondo especial en los dos portafolios se lleve a cabo solo con los nuevos afiliados y beneficiarios del ahorro programado, a partir de la fecha que establezca el Gobierno.

Por su parte la Superfinanciera hará la primera evaluación de rentabilidad mínima de los portafolios de mantenimiento en el 2019, teniendo en cuenta los doce meses anteriores y será mensual acumulando los períodos siguientes hasta acumular un cálculo de 23 meses.

Lea también: Las cinco fallas del sistema pensional colombiano según el BID