En los primeros ocho meses del año hay en curso 7.859 tutelas.

Nueva EPS propone jueces especialistas en salud

La Nueva EPS ha destinado $9.300 millones en fallos de tutelas no POS. De éstos $6.000 millones ha sido destinados a bypass gástrico, liposucciones, pañitos húmedos, auxiliares de enfermería 24 horas, pañales para adultos y servicios públicos domiciliarios.

30 de septiembre de 2010

Estos fallos que la entidad califica como “aberrantes”, siguen siendo uno de sus principales gastos, por lo cual proponen capacitar más a los jueces sobre los temas de salud. Ya que por desconocimiento en algunos casos se han excedido en las decisiones, así lo dio a conocer el presidente de la Nueva EPS, José Fernando Cardona.

Hace cuatro años, todo el sistema se gastaba $600.000 millones en tutelas no POS, en la actualidad este costo asciende a $2 billones.

Al año, la entidad se gasta $72.000 millones en tutelas de servicios y medicamentos que están por fuera de Plan Obligatorio de Salud y $4.600 millones en los casos en que las reclamaciones están dentro del plan.

En los primeros ocho meses del año hay en curso 7.859 tutelas. Una cifra que aunque sigue siendo alta, equivale a un 15% menos que en el 2009. En 2008 el número de procesos judiciales superaba los 23.000.

Del Valle del Cauca es de dónde más se reciben peticiones (2.459), le sigue Santander (1.835), Antioquia, Bogotá (817), Montería y Choco (1.721).

Esta entidad identificó tres causas por las que los usuarios interponen tutelas para los servicios que están por fuera del Plan Obligatorio de Salud. La primera es que tras la reestructuración heredaron, del antiguo Seguro Social, un perfil de usuarios acostumbrados a recibir servicios e insumos bajo esta modalidad.

La segunda, está relacionada con el tema de tecnología. Cada vez que se conoce de un avance en materia de salud el afiliado lo solicita, así hallan otros con las mismas funciones pero de marcas más económicas.

La tercera es por desconocimiento sobre el recurso del Comité Técnico Científico –CTC- que permite acceder a servicios no POS, para algunos casos. Esta instancia permite en que el paciente pude acudir a una junta de médicos para que valoren su caso y en 10 días se les da la respuesta correspondiente antes de la instancia ante los jueces.

Entre los montos que a los que han sido obligados a pagar por vía jurídica, están $6.000 millones en bypass gástrico. Han tenido que entregar 40.000 unidades de pañitos húmedos, cumplir con 23.000 servicios de auxiliares de enfermería 24 horas y 13.500 pañales de adultos, así como pañitos húmedos, sillas de ruedas, lentes progresivos (estéticos), crema humectante, champús y toallas higiénicas, e incluso pago de servicios públicos domiciliarios, arriendos e instalaciones de ascensores, entre otros.

Por ejemplo, hay casos en los que a un sólo paciente le autorizaron 50 pastillas de Viagra mensualmente, cuando el dictamen médico para evitar problemas cardiacos indicaba que sólo requería cuatro pastillas al mes.

“Nos han presentado casos en la que nos ordenan que debemos pagar atención domiciliaria con funciones de servicio doméstico, pacientes que por tener ventilación permanente debemos pagar el arriendo y la luz de la vivienda, un paciente de 80 años que necesita le sea implantado una prótesis de pene o niños con síndrome de Down a los que debemos pagarle todo el servicio de educación. Lo particular de estas tutelas es que bajo la protección a la vida, se deba pagar gastos que no tienen nada que ver con servicios de salud”, dijo el Presidente de la entidad.

El 85% de los afiliados corresponden a personas mayores, por esta razón según el directivo, “cada vez más se siguen presentando fallos de viejitos o de personas de la tercera edad que interponen una tutela para que le mandemos cuidador las 24 horas, cuando al paciente le tenemos un programa de atención domiciliaria para que el médico vaya varias veces a la semana”.

El directivo hizo un llamado para que el tema haga parte de la reforma a la justicia para que se brinde mayor capacitación a los jueces a la hora de emitir fallos sobre elementos o tratamientos costosos e innecesarios que afectan la estabilidad financiera de la seguridad social.