Minería
No se escaparon del ojo de la autoridad minera
Por persistir en el incumplimiento del pago de obligaciones de canon, pólizas y multas, títulos mineros de varios departamentos no funcionarán más.
5 de marzo de 2013
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La Agencia Nacional de Minería puso fin al funcionamiento de 32 títulos mineros entre enero y febrero. Nueve de ellos están ubicados en Boyacá y Norte de Santander; tres en Nariño; dos en César, Chocó, Guainía y Magdalena; uno en Córdoba, Guajira y Meta, respectivamente.
El 70% de los títulos caducados corresponden a carbón, materiales de construcción y oro. Al 85% se les dio fin por el incumplimiento en el pago de las obligaciones referentes a canon, pólizas y multas.
El canon debe ser pagado por el titular minero anualmente y de manera anticipada en las etapas de exploración, construcción y montaje. Según la Agencia, en la etapa de explotación no se paga canon sino regalías.
Mientras que la Póliza es una obligación que se exige a lo largo de la vida del título minero, frente a la eventualidad de caducidades, multas y demás incumplimientos técnicos y ambientales. Los montos para asegurar mediante una póliza dependen de la etapa, las inversiones efectuadas y la producción (si se encuentra en etapa de explotación).
Multas
Para que la autoridad minera imponga una multa, se debe haber identificado que hay incumplimientos y si estos persisten se procede a la caducidad del título minero.
Una vez caducado el título, su titular debe suspender toda actividad minera en el área y comenzar el desmantelamiento de las instalaciones y las actividades de recuperación ambiental propias de la fase de cierre. A su vez, la autoridad minera adelanta el proceso de liquidación del contrato y recibo de las áreas.
El 70% de los títulos caducados corresponden a carbón, materiales de construcción y oro. Al 85% se les dio fin por el incumplimiento en el pago de las obligaciones referentes a canon, pólizas y multas.
El canon debe ser pagado por el titular minero anualmente y de manera anticipada en las etapas de exploración, construcción y montaje. Según la Agencia, en la etapa de explotación no se paga canon sino regalías.
Mientras que la Póliza es una obligación que se exige a lo largo de la vida del título minero, frente a la eventualidad de caducidades, multas y demás incumplimientos técnicos y ambientales. Los montos para asegurar mediante una póliza dependen de la etapa, las inversiones efectuadas y la producción (si se encuentra en etapa de explotación).
Multas
Para que la autoridad minera imponga una multa, se debe haber identificado que hay incumplimientos y si estos persisten se procede a la caducidad del título minero.
Una vez caducado el título, su titular debe suspender toda actividad minera en el área y comenzar el desmantelamiento de las instalaciones y las actividades de recuperación ambiental propias de la fase de cierre. A su vez, la autoridad minera adelanta el proceso de liquidación del contrato y recibo de las áreas.