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INVERSIONES

Minhacienda prepara nuevas reglas para inversiones del Fonpet

El Ministerio de Hacienda tiene en etapa de comentarios un proyecto de decreto para permitir una mayor inversión de recursos del Fondo Nacional de Pensiones de Entidades Territoriales en el segmento de renta variable.

22 de marzo de 2018

El Fondo Nacional de Pensiones de Entidades Territoriales (Fonpet) del Ministerio de Hacienda tiene por el momento una limitación para las inversiones que sus administradores pueden hacer en renta variable para únicamente el 5% de los recursos en ETF locales y otro 5% en ETF internacionales.

Dicho límite convierte al Fonpet en un fondo mucho más moderado que el Fondo Moderado de las AFP, según expertos.

Para flexibilizar dichas inversiones y permitir mejores inversiones, el Ministerio de Hacienda prepara un decreto que permitiría el ingreso al mercado de renta variable de $2,5 billones de los $50 billones que tiene el Fonpet.

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De acuerdo con el proyecto de decreto, los administradores de recursos del Fonpet podrán invertir el 5% en cada uno de los siguientes activos: ADR y GDR, fondos de capital privado, acciones y los ETF que ya tenía autorizados.

En el caso de los fondos de capital privado, el documento señala que los recursos se podrán invertir en proyectos de Asociación Público Privada, de iniciativa pública, e incluso en proyectos de infraestructura de la misma región a la que correspondan los recursos.

Sin embargo, allí hay algunas condiciones. El proyecto de decreto advierte que “cuando los fondos de capital privado tengan como objeto invertir en deuda de los proyectos de infraestructura, deberá tener la condición de prestamista o financiador”.

Y agrega que en ese caso “las condiciones en que el Fonpet realice la inversión no podrán ser menos favorables que aquellas negociadas para el mismo instrumento de deuda por las entidades financieras que participan junto con el fondo de capital privado en la financiación del proyecto de infraestructura”.

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En cuanto a los demás patrimonio autónomos diferentes al Fonpet, el proyecto de decreto plantea que no se podrán realizar inversiones en títulos de deuda pública que superen el 50% de los recursos de cada patrimonio.

Además, si se trata de carteras colectivas sin pacto de permanencia, solo serán admisibles “las inversiones efectuadas en fondos bursátiles cuyo índice no represente sectores o emisores específicos”.