Mauricio Cárdenas - Ministro de Hacienda | Foto: Ministerio de Hacienda

PAÍS

Las tarifas contempladas dentro de la Reforma Tributaria 2014

Sanciones penales por omisión de declaración, sobretasa al CREE, el nacimiento de un nuevo impuesto, prorrogas, amnistías y penalidades, son algunas de las disposiciones del nuevo texto tributario.

6 de octubre de 2014

El ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, después de radicar el texto del proyecto de la Reforma Tributaria, reveló los aspectos fundamentales del documento que con las nuevas disposiciones contempla el nacimiento del impuesto a la riqueza, el cual remplazará el impuesto al patrimonio a través de tarifas marginales para beneficio del contribuyente.

Impuesto a la riqueza

Para el cálculo de este nuevo tributo se tomarían todos los activos de los declarantes y se les descontentarían las deudas. Para este efecto, el declarante deberá tener utilidades anuales superiores a los $1.000 millones.

Este impuesto se aplicará durante los siguientes cuatro años grabables y se liquidará anualmente. Una vez se apruebe la reforma, el documento contempla que, el tributo quedará anclado a partir del próximo primero de enero como un inamovible para los próximos cuatro años.

Según los cálculos del ministro Cárdenas, con la implementación de este nuevo proyecto, el país logrará recaudar $12,5 billones en el 2015, $13 billones en el 2016, $13,5 billones en el 2017 y $14,1 billones en el año 2018.

“Las inversiones no se verán afectadas con este nuevo reglamento para las empresas con excesos de utilidades, pues la Ley empezará a regir a partir del primero de enero del próximo año”, enfatizó Cárdenas.

Según el documento del proyecto, las tarifas del impuesto al patrimonio quedarían establecidas de la siguiente manera:

Patrimonios inferiores a $2.000 millones tendrán una tarifa de 0,2%.
Patrimonios entre los $2.000 y $3.000 millones tendrán una tarifa de 0,35%.
Patrimonios entre los $3000 y $5.000 millones tendrán una tarifa de 0,75%.
Patrimonios superiores a los $5.000 tendrán una tarifa de 1,5%.

Es importante señalar que según los estimativos del Gobierno tan solo 35.000 empresas de las 300.000 que operan en el país, serían susceptibles a este tributo. Igualmente serían 50.000 de un total de 48 millones de colombianos, quienes estarían sujetos a esta nueva condición tributaria, lo que representa la decima parte del 1% de la población.

CREE

La Reforma Tributaria de 2012 generó el impuesto sobre la renta para la equidad (CREE), el cual sustituyó las contribuciones parafiscales que se realizaban en todas la empresas que contratan trabajadores. Este impuesto fue creado con el objetivo de generar la obtención de ingresos que sean susceptibles de incrementar el patrimonio de los sujetos pasivos en el año o periodo gravable. 

De acuerdo a los recientes cambios que el Gobierno pretende hacer a este impuesto a través de la Reforma Tributaria, se generará una sobretasa de 3% sobre el mismo para mejorar situación de instituciones de educación superior con aportes del Presupuesto General para el mejoramiento de infraestructura.

A través de la permanencia del noveno punto del impuesto del CREE que inicialmente estaba contemplado para los años 2013, 2014, 2105, se permitirá el recaudo anual de $2,5 billones que tendrían que asumir tan solo 6.000 empresas en Colombia, recursos que entre otras cosas serán destinados en un 50% para la atención integral de la primera infancia y el programa ‘De Cero a Siempre”.

Abolición de la devolución de dos puntos del IVA

Dadas las más recientes cifras de bancarización, el Gobierno Nacional determinó en el texto de la reforma que se abolirá la devolución de dos puntos del IVA a las compras con tarjetas de crédito, situación que representaba para cada uno de los tarjetahabientes, un monto anual de $30.000.

Según el jefe de la cartera, ese beneficio cumplió con su objetivo y logró aumentar las cifras de personas incluidas en el sector financiero; sin embargo, con la reciente aprobación del proyecto de inclusión financiera para abaratar los costos de los pagos electrónicos de los colombianos, ya representan suficientes incentivos para este sector.

Sanciones penales para evasores y comités asesores 

Todos los colombianos que estén generando cualquier tipo de incertidumbre tributaria a través de la omisión de activos, deberán enfrentar sanciones penales que se establecerán en el marco de los debates de aprobación del proyecto.

El Gobierno enfatizó en la importancia de que los colombianos con patrimonios en el extranjero, se sumen lo antes posible al sistema de recaudo para que eviten sanciones realmente altas y hasta la cárcel. En consecuencia el ministro señaló que habrá una penalidad de 10% sobre el total del monto a declarar para aquellas personas que hasta hoy habían hecho caso omiso a la Ley y que acogiéndose a esta oportunidad y multa, quieran evitarse mayores dolores de cabeza.

Vale la pena señalar que este renglón de la reforma tiene un especial tratamiento ya que estimativos hechos por la entidad de recaudo de Colombia, indican que hay más de $8.000 millones en activos en el extranjero sin declarar.

Además, a través del Plan Anti-evasión que presentará en los próximos días el Ejecutivo, se establece que a través de una comisión de investigadores y especialistas de alto nivel liderada por el director de la DIAN, Santiago Rojas, se establecerán recomendaciones para definir qué entidades sin ánimo de lucro realmente deberían tributar y cuáles no.

“Esta comisión se convocará dos meses después de la expedición de la Ley, y 10 meses después dará sus primeras recomendaciones en pro de evitar la evasión”, enfatizó Cárdenas.