Hacia el final de 2010, los gobiernos y los bancos centrales en América Latina empezaron a tomar medidas (además de aumentar la acumulación de sus reservas internacionales) para moderar la apreciación de sus monedas.

Negocios

En vigencia acuerdos de inversión con China y el Reino Unido

Las dos leyes establecen que los gobiernos comprometidos en los acuerdos promoverán en sus territorios las inversiones de la contraparte, y las admitirán de conformidad con su legislación. Además, cada país otorgará un trato justo y equitativo a las inversiones de los empresarios del otro país.

8 de julio de 2011

El Presidente Juan Manuel Santos firmó las leyes 1462 y 1464, que les da vía libre a los acuerdos para la Promoción y Protección de Inversiones con los gobiernos de China y del Reino Unido, respectivamente.


La primera Ley, la 1462 aprueba el acuerdo suscrito entre Colombia y la República Popular China en Lima (Perú) el 22 de noviembre de 2008.

Según el texto de la iniciativa, los gobiernos de ambos países promoverán en sus territorios las inversiones de la contraparte, y las admitirán de conformidad con su legislación.
Así mismo, ninguna de las dos naciones tomará medidas no razonables o discriminatorias en contra de la administración, mantenimiento, uso, disfrute, disposición y liquidación de dichas inversiones.

La Ley también señala que cada país otorgará un trato justo y equitativo a las inversiones de los empresarios del otro país, de conformidad con el derecho internacional, y les otorgará protección y seguridad plenas en su territorio.

Con sujeción a su legislación, también deberán proveer asistencia y facilidades para la entrada y la obtención de permisos de trabajo a los nacionales del otro país, involucrados en actividades relacionadas con las inversiones realizadas en el territorio, entre otras disposiciones.

El acuerdo permanecerá en vigor por un período de 10 años, y se prolongará automáticamente por otro período de 10 años. Transcurridos los primeros 10 años, este acuerdo puede ser denunciado en cualquier momento por cualquiera de las partes contratantes, con una notificación previa de 12 meses, enviada por medios diplomáticos.

Acuerdo con el Reino Unido

El Presidente Santos también sancionó la Ley 1464 del 2011, que aprueba el Acuerdo Bilateral para la Promoción y Protección de Inversiones entre los Gobiernos de Colombia y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, elaborado en Bogotá el 17 de marzo de 2010.
Así mismo, concede el beneplácito del Entendimiento sobre el Trato Justo y Equitativo en el Acuerdo Bilateral entre las dos naciones, firmado por los negociadores en Londres el 19 de mayo de 2009.

Cada país otorgará a las inversiones de la otra parte realizadas en su territorio, un trato no menos favorable que el otorgado, en circunstancias similares, a sus propios inversionistas.
Otra de las disposiciones más importantes del acuerdo señala que en el caso de que se produzca una expropiación, el Estado que adopte dicha medida debe proporcionar una compensación pronta, adecuada y efectiva.

El acuerdo se aplicará a las inversiones hechas en cualquier momento, es decir, antes y después de la entrada en vigor del mismo. Esto busca incentivar la reinversión de las empresas presentes en el país antes de entrar en vigencia la iniciativa.