Santiago Rojas, ministro de Comercio. | Foto: Archivo Semana

Comercio

Colombia y Brasil se juntan para más comercio

Se trata de un acuerdo para el establecimiento de la Zona de Régimen Especial Fronterizo para las localidades de Tabatinga y Leticia.

11 de febrero de 2014

Colombia sigue avanzando en los procesos de zonas francas con sus vecinos con el fin de fortalecer la comercialización varios productos de alta competencia.

Por eso se han suscrito acuerdos para potencializar este fenómeno más cuando las economías no tienen acuerdos comerciales.

Las compras y ventas externas necesitan un dinamismo en busca de apalancar el comercio exterior y por ende un jalonamiento al crecimiento de las economías de la región.

Ya en una de las reformas tributarias aprobadas por el Congreso se dieron aspectos favorables para la constitución y creación de zonas francas así como las zonas especiales fronterizas.

Este aspecto ha resultado un indicador de gran importancia para la economía binacional de todos los vecinos que tiene el país.

El Gobierno avanzó en este frente pero con mayor avance en Ecuador y Venezuela pese a las dificultades que se tuvieron en el pasado en materia diplomática. Sin embargo, en los gobierno de Colombia y Brasil decidieron apostarle a una iniciativa que vinculara la amazonia de ambas naciones en un proyecto económico para favorecer las comunidades.

Es así como en 2008 se avaló por ambas partes un proyecto que buscará la constitución de una zona especial que beneficiara el comercio a través de las exportaciones e importaciones en esta región.

Pero sólo hasta este año se logró la reglamentación del acuerdo que quedó conformado como Zona de Régimen Especial Fronterizo para las localidades de Tabatinga y Leticia.

Con el convenio se facilita el libre ingreso de productos sin responder por tributos, de acuerdo con el decreto conocido por Dinero.com, el cual fue firmado por los ministro de Hacienda y de Comercio, Mauricio Cárdenas y Santiago Rojas, respectivamente.

El acuerdo estaba vigente hace algunos años, pero que requería de una reglamentación las cuales ya se dieron por medio de tres capítulos.

Uno de esos aspectos es que la exportación de mercancías de la zona de régimen especial fronterizo sólo requerirá de la presentación de la factura de venta, expedida por el vendedor con el cumplimiento de los requisitos y sin perjuicio de las demás obligaciones establecidas en el Estatuto Tributario.

Lo dispuesto en el presente artículo no exime a los exportadores de la obligación de acreditar los visados, autorizaciones o certificaciones exigidas por las disposiciones sanitarias, fitosanitarias, zoosanitarias y ambientales.

Los comerciantes establecidos regularmente en el territorio del área urbana de la ciudad de Leticia del departamento del Amazonas, inscritos en el Registro Único Tributario RUT, matriculados como comerciantes en la Cámara de Comercio del Amazonas, podrán efectuar importaciones en cantidades comerciales al amparo del régimen de Facilitación Comercial Fronteriza de conformidad con lo previsto en este Decreto.

Además podrán realizar importaciones a la zona de régimen especial con la sola presentación a la autoridad aduanera de la factura comercial o nota fiscal, expedida en los términos y condiciones establecidos en el acto administrativo.

Cabe anotar que uno de los temas de mayor interés que se expuso durante la reunión con representantes del Gobierno regional y local, fue la construcción de un muelle o terminal fluvial turístico para Leticia, el cual se ha venido proponiendo desde hace algún tiempo.

Este factor será fundamental para darle un mayor dinamismo al comercio fronterizo entre Colombia y Brasil.