El ángulo financiero en las licitaciones públicas

Jamer Franco Acevedo, lector de Dinero.com, pone la lupa sobre las contrataciones públicas y dice que es necesario tomar medidas para esclarecer el proceso.

16 de diciembre de 2005

La evaluación financiera de las empresas, uniones temporales o consorcios, participantes en las licitaciones publicas de las entidades estatales presentan grandes limitantes. La información financiera solicitada y los parámetros utilizados no garantizan que se elija el proponente con mayores fortalezas financieras.

Dando una mirada a los pliegos de condiciones o términos de referencia publicados en los portales de las entidades estatales, se observa una gran debilidad en la exigencia de requisitos y evaluación de la información financiera. Sin tener presente el monto o plazo del contrato en concurso, parece ser una constante evaluar el capital de trabajo contable, el índice de liquidez y el de endeudamiento, además sin importar el periodo del año en el que nos encontremos se le solicita, a las empresas la presentación de los estados financieros de los 2 años anteriores, de donde se derivan los índices mencionados. Las empresas están siendo evaluadas por sus condiciones financieras pasadas, no se está evaluando el presente financiero.

No existe diferencia alguna entre los indicadores financieros utilizados para evaluar las propuestas para un contrato con plazo de 3 meses a uno cuyo plazo sea de 24 o 36 meses. De igual forma, al parecer, el riesgo de una entidad publica para contratar $300 millones es el mismo dado en una contratación de 20.000 ó 40.000 millones, pues se emplean los mismos parámetros financieros.

Las entidades estatales se quedaron aplicando indicadores obsoletos, criticados y demostrado hasta el cansancio en todos los cursos de finanzas, que pueden ser fácilmente manipulables. El análisis financiero actual provee indicadores mas útiles, que si bien no son invulnerables si pueden reducir la posibilidad de contratar con empresas que impliquen un mayor riesgo o menos eficicientes para la administración de los recursos.

Los pliegos de condiciones o términos de referencia deben ser elaborados por equipos multidisciplinarios, no basta con delegar a un profesional relacionado con la obra o servicio a contratar o como sucede en muchos casos adaptar un modelo desarrollado por otra entidad sin hacer las adecuaciones a las condiciones particulares de la entidad y del contrato. Para la elaboración de este tipo de documento se debe contar con el concurso constante de personal profesional, relacionado con el objeto de la contratación, temas financieros y con conocimiento de la normatividad. Se requiere analizar si las condiciones del contrato exige de las empresas proponentes disponer de mayor liquidez, eficiencia operativa, capacidad de crecimiento o rentabilidad.

Mas allá de verificar si las empresas son responsables tributariamente, si su contabilidad se ajusta a las normas generalmente aceptadas, se debe evaluar con mucha responsabilidad la capacidad que tienen las empresas de administrar e invertir recursos. Existen indicadores como el Ebitda, la rentabilidad operativa del activo, cobertura de intereses, inclusive el flujo de caja libre, que permiten examinar de manera mas efectiva el manejo financiero de una empresa.

No deja de ser inquietante para cualquier ciudadano, observar casos de corrupción o de ineficiencia en el desarrollo de proyectos en el sector publico, pues en ultimas somos quienes aportamos los recursos, a través de los impuestos que componen el sistema tributario. No basta contar con una ley que reglamente los procesos de contratación o ajustarse a la norma por cumplir con esta y evitar cualquier tipo de demanda por violación al régimen de contratación También se debe implementar y aplicar la ley de manera responsable si se quiere reducir el numero de casos en los que los recursos públicos son administrados de manera poco eficiente.

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