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Vence plazo para actualizar registro nacional de turismo

El próximo viernes 30 de abril vence el plazo, tanto para que los prestadores de servicios turísticos actualicen la inscripción del Registro Nacional de Turismo.

21 de abril de 2010

Bogotá, - Así lo indicó el ministro de Comercio, Industria y Turismo, Luis Guillermo Plata, quien hizo un llamado a los empresarios de los diversos renglones de la actividad turística para que actualicen su inscripción y puedan así, continuar siendo beneficiarios de los programas de apoyo del Ministerio, en materia de asistencia, capacitación y financiamiento.


En cuanto a los propietarios de inmuebles de propiedad horizontal que son utilizados para prestar el servicio de hospedaje, el Ministro recordó que, en cumplimiento del Decreto 2590 de 2009 y de la Resolución 3772 de 2010, es obligación de los administradores de este tipo de vivienda, modificar los reglamentos de propiedad horizontal en donde quede claro que esta actividad está autorizada y que cumple con todos los requisitos de ley para tal fin.


En la actualidad existen alrededor de 12 mil prestadores de servicios turísticos inscritos, obligados a actualizar el Registro Nacional de Turismo. Entre ellos se cuentan quienes prestan sus servicios en establecimientos de alojamiento y hospedaje, agencias de viajes, operadores profesionales de congresos, ferias y convenciones, establecimientos gastronómicos de interés turístico, tiempo compartido, empresas captadoras de ahorro para viajes y de servicios turísticos, empresas de transporte terrestre automotor y oficinas de representación turística.


La actualización es fácil, por cuanto es posible hacerla vía Internet, ahorrando costos a los usuarios y haciendo el trámite mucho más expedito, o también pueden imprimir el borrador del formulario de actualización que se encuentra en el vínculo abajo indicado y enviar la información a la calle 28 No. 13 A 15, piso 1º; o al fax 6069953.


Para actualizar su inscripción los usuarios podrán ingresar a: http://www.mincomercio.gov.co/eContent/newsdetail.asp?id=2665&idcompany=14  
Para despejar dudas pueden comunicarse al PBX 6067676 extensiones: 1359,1609, 2474 y 2488, del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.


Vale Recordar que la no actualización oportuna lleva a que el prestador de servicios turísticos incurra en una infracción a la ley 300 de 1996, esto es, incumplir con las obligaciones frente a las autoridades de turismo, cuya conducta es sancionada por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

 

Igualmente, el Registro Nacional de Turismo se suspende automáticamente, razón por la cual el prestador de servicios no podrá operar.