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Nuevo calendario tributario

El Calendario Tributario 2007 incluye las fechas de presentación de las declaraciones de renta, IVA, Patrimonio y Retención en la Fuente.

2 de enero de 2007

Bogotá.- El Gobierno Nacional definió el calendario en el que los contribuyentes tienen que presentar sus declaraciones de impuestos durante el año 2007, de acuerdo con el último dígito de su Número de Identificación Tributaria (NIT).

Renta
El plazo para presentar la declaración de renta se inicia el 2 de febrero de 2007 y vence entre el 9 y el 30 de mayo del mismo año, atendiendo los dos últimos dígitos del NIT del declarante. El impuesto se podrá pagar en cinco cuotas, la primera de ellas el 6 de febrero y debe ser por el 20 por ciento del total del gravamen. El plazo para declarar y pagar la segunda cuota va desde el 9 hasta el 30 de mayo, dependiendo de los dos últimos dígitos del NIT. El pago de la tercera cuota es el 5 de junio, el de la cuarta el 1° de agosto y el de la quinta el 8b de octubre.

Personas naturales
En el caso de las personas naturales se tiene que presentar la declaración de renta de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT, que consten en el Registro Único Tributario (RUT), a partir del 2 de febrero de 2007. Si los dos últimos dígitos van del 01 al 05, el plazo vence el 2 de agosto; si los dos últimos dígitos van del 06 al 10, el plazo vence el 3 de agosto y así sucesivamente hasta cuando los dos últimos dígitos estén entre 96 y 00 que vencerá el 31 de agosto.

IVA
La declaración del Impuesto al Valor Agregado (IVA) sigue siendo bimestral y las presentaciones arrancan el 8 de marzo para los contribuyentes cuyos dos últimos dígitos del NIT vayan desde 01 hasta 06. En el caso de los contribuyentes cuyos dos últimos números van de 07 hasta 12 se debe presentar el 9 de marzo; si es de 13 hasta 18, el 12 de marzo; si es de 19 hasta 24, el 13 de marzo; y así hasta llegar a los dos dígitos que van desde 94 hasta 00, el 29 de marzo.

Impuesto al patrimonio
La tarifa del impuesto al patrimonio es del 1.2 por ciento y lo deben pagar los contribuyentes cuyo patrimonio sea superior a los 3 mil millones de pesos. Este impuesto se pagará hasta el año gravable 2010. La presentación de la declaración y pago de la primera cuota es el 25 de mayo de 2007. El pago de la segunda es el 21 de septiembre del mismo año.

Retención en la fuente
Esta declaración la deben presentar los empresarios de acuerdo con el dinero que les retienen a sus trabajadores. Se debe presentar mensualmente y las fechas de vencimiento dependen de los dos últimos dígitos del NIT de la empresa