Normas para fijar precios
25 de julio de 2008
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La Superintendencia de Industria y Comercio recordó que los proveedores o expendedores pueden elegir, según la reglamentación de la autoridad competente y de acuerdo con sus posibilidades, el sistema de fijación de los precios en listas o en los bienes mismos.
Podrá fijarse el precio de venta al público en la góndola, anaquel o estante donde se encuentren ubicados los bienes, siempre y cuando en el envase, empaque o cuerpo del bien, se utilice código de barras.
Finalmente, informó que en el evento de que aparezcan dos o más precios, el consumidor sólo estará obligado al pago del precio más bajo.