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México: Corte Suprema cancela porción de ley de medios

El fallo, aprobado por 8-1, señaló que la renovación de las concesiones de transmisión sin someter las frecuencias a subasta _como lo propone una ley aprobada por las dos cámaras del Congreso, pero posteriormente apelada por un grupo de senadores_ violaría la constitución.

1 de junio de 2007

México.- La Corte Suprema canceló el jueves una porción crucial de una controvertida ley de medios de comunicación que los críticos consideran habría fortalecido a las dos redes que prácticamente controlan el mercado televisivo del país.

El fallo del jueves requiere que las frecuencias que vayan a renovarse sean sometidas a subasta pública, algo que las compañías de televisión consideran desalentaría la inversión a largo plazo en el sector.

"Me parece que la posibilidad de refrendar automáticamente y por un número ilimitado de veces la concesión del espectro para radiodifusión viola la garantía de igualdad del artículo 1ero (constitucional), la libertad de expresión, el derecho a la información, la libertad de prensa y el acceso equitativo a los medios de comunicación establecidos", dijo el juez Genaro Góngora, que votó para cancelar esa parte de la ley.

En México, Televisa controla aproximadamente el 70% del mercado de televisión abierta, mientras que TV Azteca está al frente de un 30%.

Los críticos dicen que el dominio que ejercen ambas compañías _que también se ha extendido a otros mercados de telecomunicaciones_ ha limitado las opciones que tienen los mexicanos para elegir programas.

El ex senador Javier Corral, uno de los que presentaron una apelación contra la ley, consideró que el fallo del jueves es una victoria parcial.

La ley fue aprobada por ambas cámaras del Congreso y publicada en el Diario Oficial de la Federación en abril del 2006. Sin embargo, posteriormente algunos legisladores dijeron que la presión y la influencia de los legisladores en el período previo a las elecciones de julio del 2006 _en las que la cobertura y la propaganda televisiva desempeñaron un papel importante_ podrían haber tenido algo que ver en la rapidez con que se aprobó la ley.

Un portavoz de Grupo Televisa no devolvió inmediatamente las llamadas telefónicas solicitándole sus comentarios acerca del fallo.

Una de las cuestiones que están a discusión en el caso es el uso más amplio de las frecuencias posible en la actualidad gracias a los avances tecnológicos, y si los concesionarios deberían pagar por los servicios adicionales que pudieran ofrecer a través de las frecuencias de transmisión que manejan.

Aunque el asunto no estuvo involucrado directamente en el fallo del jueves _en la corte continúan las deliberaciones sobre otros aspectos de la ley_, algunos jueces dieron a conocer su opinión.

"Aun cuando la tecnología libere espacio, esto no significa que las actuales frecuencias que tienen los concesionarios son intocables, o que tienen un derecho de propiedad adquirido. Los bienes de dominio público son inalienables; y además, por obligación constitucional deben ser utilizados en beneficio social, y al servicio de los derechos fundamentales", agregó Góngora.

La Corte Suprema tiene once magistrados. El presidente de la misma sólo emite su voto cuando hay un empate en los sufragios, y uno de los otros jueces dijo que no participará en el caso.

 

 

AP