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Fiscalía anula resolución de acusación a directivos de Bancolombia

Como consecuencia de la anulación decretada, el llamamiento a juicio por los delitos invocados se retira de la vida jurídica, y en su lugar se ordena al fiscal de primera instancia proceder a valorar la prueba documental y practicar la prueba testimonial

25 de septiembre de 2007

Bogotá_ El Fiscal Octavo delegado ante la Corte Suprema de Justicia, quien conoció del recurso de apelación, decidió en la fecha anular la resolución de acusación que había sido proferida, en primera instancia, el pasado 4 de Enero, contra el Presidente y un Vicepresidente del Banco, por hechos relacionados con el proceso de adquisición del Banco de Colombia por parte del Banco Industrial Colombiano, en 1998, y la posterior fusión de esas dos entidades.

Como consecuencia de la anulación decretada, el llamamiento a juicio por los delitos invocados se retira de la vida jurídica, y en su lugar se ordena al fiscal de primera instancia proceder a valorar la prueba documental y practicar la prueba testimonial, para dar cumplimiento a la orden de la Corte Constitucional, que fue desconocida por el fiscal de primera instancia.

Adicionalmente, el Fiscal Delegado declara la prescripción de uno de los delitos financieros (operaciones no autorizadas con accionistas), por los cuales se investigaba a los Drs. Londoño y Ochoa, que por demás ya había sido objeto de investigación y decisión de preclusión a favor de los investigados.

La Fiscalía, al disponer el regreso del proceso a la primera instancia dispone que el fiscal respectivo debe limitarse, única y exclusivamente, a la valoración de la prueba documental y a la incorporación de dos testimonios que se encuentran pendientes.

Ante esta favorable decisión, Bancolombia se permite manifestar:

Bancolombia reitera su acostumbrada actitud de respeto y acatamiento de las decisiones de las autoridades, conducta que ha distinguido a la entidad a lo largo de este proceso.

En todas sus actuaciones el Banco y sus directivas han seguido las normas legales, sus principios corporativos y demás disposiciones que regulan la actividad.

El proceso de adquisición del Banco de Colombia por el BIC y la posterior fusión entre estas entidades, en 1998, como se ha expresado desde el inicio de este litigio, siguió los parámetros y prácticas internacionales que se utilizan habitualmente para este tipo de operaciones y estuvo ajustado a la normatividad y regulación aplicable. En su momento este proceso contó con la validación de las autoridades competentes.

La prescripción es una institución jurídica que favorece la estabilidad de la sociedad en general, por encima de intereses particulares. Pretender revivir una acción penal prescrita es vulnerar principios de interés público, como la cosa juzgada y la seguridad jurídica, cuyo respeto es necesario para la estabilidad institucional y la convivencia social.

Su disposición para seguir atendiendo la investigación de primera instancia, de acuerdo con el alcance fijado en el día de hoy por la propia Fiscalía y, en general, para comparecer ante todas las autoridades que lo requieran, con el fin de explicar su recto proceder y el de sus directivos.

Bancolombia insiste en la necesidad y oportunidad de una serena reflexión nacional sobre los grandes inconvenientes que la inseguridad jurídica y el abuso del derecho acarrean al buen clima de negocios, indispensable para el crecimiento sostenido de Colombia. La comunidad internacional y la inversión extranjera son muy sensibles a esos temas.

Las directivas del Bancolombia renuevan su compromiso de seguir trabajando con rectitud y transparencia por el desarrollo de Colombia, para el bienestar de nuestros clientes, empleados, accionistas y la comunidad en general.