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DNP recuerda a alcaldes envío de informe de ejecución presupuestal

De conformidad con lo establecido por el Decreto 72 de 2005, la información debe ser radicada en la Oficina de Correspondencia del Departamento Nacional de Planeación y en la Secretaría de Planeación de su Departamento a más tardar el 15 de marzo de 2007.

28 de febrero de 2007

Bogotá.- El Gobierno comunicó a todos los alcaldes del país que a más tardar el próximo 15 de marzo deberán radicar en las oficinas del Departamento Nacional de Planeación, el informe de ejecución presupuestal de ingresos, gastos de funcionamiento, servicio de deuda y gastos de inversión de la vigencia 2006.

En este sentido, la dirección de Desarrollo Territorial de Planeación Nacional les recordó a los mandatarios locales que de conformidad con la Ley 715 de 2001, el Decreto 159 de 2002, y el Decreto 72 de 2005 los municipios deben presentar el informe de ejecución presupuestal de ingresos, gastos de funcionamiento, servicio de deuda y gastos de inversión de la vigencia fiscal 2006, así como las variables requeridas para efectos del monitoreo, seguimiento y evaluación de los recursos del Sistema General de Participaciones -SGP, en los formatos elaborados y distribuidos por el DNP.

La información consignada en dicho aplicativo será utilizada para efectos de la distribución de la Participación de Propósito General y la asignación especial de Alimentación Escolar de 2008, y para la elaboración del informe de la gestión fiscal de las entidades territoriales previsto por la Ley 617 de 2000, ambas actividades a cargo del Departamento Nacional de Planeación.

Cada uno de los formatos diligenciados con base en el aplicativo SICEP 701, deberá ser impreso y firmado por el alcalde, por el Secretario de Hacienda o el Tesorero Municipal, cuando el municipio no tenga dicha secretaría, o por el jefe de la dependencia que haga sus veces, y por el Contador del Municipio, consignando la respectiva matrícula profesional.