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Deceval promueve análisis de instrumentos para negociación transfronteriza de títulos valores

Representantes del sector financiero asistieron a conferencia El Convenio de La Haya sobre valores.

19 de septiembre de 2007

Bogotá.- El Depósito Centralizado de Valores de Colombia-Deceval S.A. y la Superintendencia Financiera de Colombia convocaron a 140 expertos del sector financiero a una conferencia privada cuyo tema principal fue el Convenio sobre la ley aplicable a ciertos derechos sobre valores depositados en un intermediario de La Haya.

Celebrado en Bogotá el jueves 13 de septiembre, el evento estuvo a cargo de Cristophe Bernasconi, primer secretario de la Conferencia de La Haya sobre Derecho Privado Internacional y quien es el responsable de los avances de este ente en el campo de la normatividad Internacional para la actividad Financiera.

La Convención de La Haya es uno de los dos instrumentos jurídicos internacionales que están en desarrollo para definir el marco legal de las operaciones internacionales de valores a través de intermediarios. El otro instrumento jurídico es la convención sobre normas sustantivas para la intermediación de valores que está liderando la Unidroit (International Institute for the Unification of Private Law), el cual se encuentra en etapa de negociación.

El primer instrumento cubre asuntos procedimentales y de leyes mientras que el segundo se refieras a reglas sustantivas que deben ser observadas siempre que haya operaciones de valores en los términos de dicho tratado.

Como sucede frente a los retos tecnológicos, Deceval considera fundamental el desarrollo legislativo para los mercados de valores frente a la creciente importancia de las operaciones transfronterizas. Así, el mercado global, necesita el establecimiento de la seguridad jurídica de los participantes respecto de la protección de la transferencia, disposición y garantía de los valores.

Se busca entonces es el estudio de un instrumento que sirva de marco de entendimiento entre los participantes del mercado frente a los conflictos que puedan presentarse a partir de las diferencias entre la jurisdicción de las normas nacionales aplicables a cada operación.