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Congreso aprobó la Reforma Tributaria

Pasa a conciliación en Cámara y Senado y luego a sanción presidencial. Dará más competitividad a la economía y estimulará llegada de inversión extranjera. Además modifica impuestos de renta, IVA, 4 Por Mil, timbre, a cigarrillos, deducción de inversiones.

13 de diciembre de 2006

Bogotá.- El Congreso de la República aprobó en último debate el proyecto de reforma tributaria, una iniciativa a través de la cual se da más competitividad a la economía colombiana, se estimula la llegada de inversión extranjera y se modifican algunos impuestos pero se mantiene el recaudo de tributos en cerca del 16 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB).

La primera aprobación la hizo la Plenaria de la Cámara de Representantes en la tarde del martes, al terminar de aprobar un articulado que había iniciado a debatir el lunes en la noche.

Y cerca de la media noche del martes, la aprobación la hizo la Plenaria del Senado de la República cuando tomó el articulado aprobado por la Cámara y le adicionó algunas proposiciones.

Debido a que los dos textos tienen alguna diferencia el proyecto será analizado este miércoles por una Comisión de Conciliación integrada por Senadores y Representantes, allí se producirá un solo texto consensuado y nuevamente será votado en las dos plenarias de Cámara y Senado.

Una vez sean aprobados los informes de conciliación el proyecto pasará a la sanción del Presidente de la República y se convertirá en ley.

Este proyecto fue radicado en el Congreso por el Ministerio de Hacienda el 28 de julio. Luego entre el 1° de agosto y el 8 de noviembre se hizo un amplio y profundo proceso de socialización que incluyó 3 citaciones en el Congreso; 4 foros regionales (en Bogotá, Cali, Medellín y Barranquilla) en donde intervinieron 158 representantes del sector privado, gremios fundaciones, etc.

También hubo 13 reuniones con ponentes y coordinadores de ponentes con una duración de 104 horas.

Además se recibieron, analizaron y evaluaron 200 cartas con más de 500 peticiones.

Por su parte el presidente Álvaro Uribe en todos los foros, seminarios, congresos de gremios, consejos comunales a los que asistió, analizó y escuchó la opinión de los colombianos.
Este proyecto que acaba de aprobar el Congreso ha sido uno de los más socializados y concertados con todos los colombianos, de los últimos años.

- Se crea un impuesto a patrimonios mayores de 3 mil millones de pesos durante los años 2007, 2008, 2009 y 2010. La tarifa será del 1,2 por ciento. Se esperan recaudar 8,6 billones de pesos para el fortalecimiento y modernización de la Fuerza Pública.

- La tarifa del impuesto de renta que este año estaba en el 38,5 por ciento (incluyendo una sobretasa) pasará en el 2007 al 34 por ciento y en el 2008 al 33 por ciento.

- El Gravamen a los Movimientos Financieros o 4 Por Mil quedó permanente, pero se cobrará únicamente en las cuentas de ahorro que movilicen más de 7 millones de pesos al mes. También tendrá una deducción del 25 por ciento que lo podrán hacer las personas naturales y jurídicas que declaren renta.

- En el Impuesto al Valor Agregado (IVA) quedaron ocho tarifas diferenciales del 1,6 por ciento, 3, 5, 10, 16, 20, 25 y 35 por ciento, dependiendo de los tipos de bienes. A los principales productos de la canasta familiar como la carne, leche, los huevos, el pan, la papa, el tomate, la lechuga, la yuca, no se les aplicará el IVA. En total 38 productos de la canasta familiar no tendrán IVA.

- Los servicios de aseo, vigilancia y empleo temporal y los suministros de personal de precooperativas y cooperativas de trabajo asociado, quedaron con IVA del 1,6 por ciento

- La medicina prepagada, pólizas de cirugía y hospitalización, los servicios de clubes sociales o deportivos, el almacenamiento de productos agrícolas, tendrán IVA del 10 por ciento.

- El café tostado, el arroz para uso industrial, la harina de trigo, los embutidos, jarabes, melaza, cacao y pastas, quedaron con IVA del 10 por ciento.

- La telefonía celular mantiene el IVA del 20 por ciento.

- En el impuesto de timbre se elevó el monto sobre el que se aplica de 63 a 120 millones de pesos, pero se marchitará gradualmente. La tarifa en el 2008 será del 1 por ciento; en el 2009 del 0,5 por ciento y a partir de 2010 del 0 por ciento.

- El impuesto a los cigarrillos cambió la forma como se aplica. Ahora se gravarán de acuerdo con el precio de venta al público. La cajetilla de 20 unidades con precio inferior a los dos mil pesos, tendrá un impuesto de 400 pesos y de 800 cuando el valor supere los dos mil.

- El impuesto del siete por ciento para el giro de remesas o de utilidades fue eliminado.

- Los impuestos locales de industria, comercio y predial serán deducibles del de renta en un ciento por ciento.

- Se eliminaron los ajustes integrales por inflación, utilizados por los empresarios.

- La deducción para las inversiones en activos productivos generadores de capital será del 40 por ciento. Actualmente está en el 30 por ciento y desde que se aprobó en la pasada reforma mostró sus bondades.

- En el caso de las rentas laborales el proyecto no las modificó. Mantiene las deducciones por gastos en educación, salud y vivienda.

- También se mantienen los beneficios tributarios para las cuentas de Fomento a la Construcción (AFC), a los fondos de pensiones voluntarias.

- Se preservan los beneficios establecidos para las industrias del cine, del libro, los cultivos de tardío rendimiento y las zonas francas.

- Este proyecto crea la Unidad de Valor Tributario (UVT) y de ahora en adelante todos los valores de los impuestos en Colombia se expresarán en UVTs. De acuerdo la reforma, la primera UVT equivale a 20 mil pesos y será ajustada cada año de acuerdo con el Índice de Precios al Consumidor que determine el DANE entre octubre de un año y octubre del siguiente.

- La tarifa del impuesto por renta presuntiva se reduce del seis al tres por ciento.

- El impuesto a las remesas que envíen colombianos en el exterior a sus familiares en el país siempre y cuando no superen las 60 UVT (es decir un millón 200 mil pesos de hoy), estarán exentos del 4 Por mil.

Los contribuyentes que inviertan en acciones de empresas exclusivamente agropecuarias que se coticen en bolsa, podrán descontar la inversión realizada del impuesto de renta.

Los pagos efectuados por personas naturales o jurídicas, sociedades de hecho, comunidades organizadas y sucesiones ilíquidas originados en relación laboral, tendrán las siguientes tarifas de retención en la fuente. Pagos de hasta 95 UVT (1,9 millones de hoy) tarifa cero; hasta 150 UVT (3 millones) un impuesto del 19 por ciento; hasta 360 UVT ($7,2 millones) del 28 por ciento; y mas de 360 UVT, el 33 por ciento.
 
 
 
SNE