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Amplían fechas para revisión de vehículos particulares

Los cambios fueron revelados por el ministro del Transporte, Andrés Uriel Gallego, quien señaló que el objetivo del Gobierno es proteger la vida de los conductores y de los ciudadanos, y que por eso se decidió aplicar esta revisión que fue ordenada desde el año 2002 por la Ley 769 o Código Nacional de Tránsito.

9 de enero de 2007

Bogotá.- Dependiendo del modelo y del último número de la placa del vehículo, quedaron establecidas las nuevas fechas para la revisión unificada técnico mecánica y de gases obligatoria para todos los vehículos particulares en el país.

El funcionario aceptó que se cometieron algunos errores con las primeras fechas anunciadas, pero dijo que la medida se tiene que cumplir a pesar de los inconvenientes presentados por el poco número de los Centros de Diagnóstico Automotor (CDA) en las principales ciudades.

Gallego Henao volvió a aclarar que no habrá sanción en materia de tránsito por vencimiento de los certificados de gases, hasta que venzan los nuevos plazos señalados, pero advirtió que es obligatorio mantener los vehículos en las condiciones mínimas requeridas de preservación del medio ambiente.

Reveló que en las ciudades y departamentos donde al 1° de mayo de 2007 no haya Centros de Diagnóstico, se variarán los plazos, e incluso en las ciudades donde no haya iniciativa privada para montar los CDA, el Gobierno colaborará como promotor con el sector privado.

Para los vehículos modelo 1994 y anteriores cuya placa termine en cero, el plazo vence en junio de 2007. Los que la placa termine en 1, vencerá en agosto; los automotores cuya placa culmine en 2, el plazo máximo vence en septiembre.

Los carros cuya placa culmine en 3, el plazo es octubre; los que terminen en 4, el plazo es noviembre; los vehículos con placa terminada en 5, el plazo es diciembre de 2007. Los vehículos modelos anteriores a 1994 cuya placa termine en 6, el plazo es de febrero de 2008; los que terminen en 7, la fecha máxima vence en marzo de 2008.

Los vehículos con placa terminada en 8, el plazo es abril; los de placa 9 culmina en abril de 2008; y los terminados en 9, la fecha vence en mayo de 2008. En el caso de los automóviles modelos 1995 al año 2005 y cuya placa termine en 0 y 1, el plazo vence en mayo de 2008; para los carros con placa en 2 y 3, la fecha es en agosto.

Los automotores con placa finalizada en los números 4 y 5, el plazo vence en octubre de 2008; los de placa 6 y 7, vence en noviembre y los de placa 8 y 9, se cumple en diciembre de 2008.

Para los vehículos particulares de modelo 2006 y posteriores la revisión técnico mecánica se exigirá a partir del año 2009. 

Fechas para motos
Si la placa de la motocicleta termina en 0, el plazo máximo vence en junio de 2008.

Si culmina en 1, la fecha de vencimiento es en agosto; si termina en 2, vence en septiembre; si culmina en tres, en octubre; si culmina en 4, en noviembre y si termina en 5, en diciembre de 2008.

Para las motocicletas con placa finalizada en 6 la revisión técnico mecánica y de gases vence en febrero de 2009, para los de placa 7, en marzo de 2009; para los de placa en 8, vence en abril; y para los de placa terminada en 9, la fecha vence en mayo de 2009.

Los propietarios de vehículos y de motocicletas que no hagan la revisión unificada técnico mecánica y de gases en las fechas anunciadas, será sancionados con 15 salarios mínimos diarios.

La revisión técnico mecánica de los automotores de servicio público, se seguirá haciendo normalmente.

 

 

SNE