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Adoptan controles de aduana para proteger la propiedad intelectual

Esta medida aplica para los casos de derechos de autor y conexos, sobre copias ilegales de las obras protegidas (mercancía pirata) o, en el caso de derechos marcarios, sobre mercancías identificadas bajo una marca registrada sin la respectiva autorización del titular de la marca (mercancía de marca falsa).

23 de enero de 2007

Bogotá.- Los titulares de derecho de autor y derechos conexos y titulares de derechos marcarios, podrán solicitar ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales la suspensión de una operación aduanera de importación, exportación o tránsito cuando se tenga al menos un indicio de que se trata de mercancía pirata o de que se están utilizando marcas falsas.

La suspensión de la operación aduanera a que haya lugar, es provisional mientras la autoridad judicial competente resuelve lo concerniente a la infracción de derechos cuya demanda debe presentar el titular de los mismos.

Con el fin de precaver abusos, la norma prevé que el solicitante de la suspensión y para efectos de que la misma proceda, debe constituir una garantía bancaria o de compañía de seguros para garantizar los perjuicios que se puedan ocasionar al importador o exportador.

Con la expedición de esta norma el gobierno brinda una herramienta adicional a los titulares de derechos de Propiedad Intelectual con el fin de salvaguardar sus intereses y luchar de manera efectiva contra el comercio de mercancías infractoras.

La medida fue expedida a través del Decreto 4540, del pasado 22 de diciembre, por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, por medio del cual se adoptan controles de aduana para proteger la Propiedad Intelectual.